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Normativa, Licencias y Permisos para Montar un Food Truck en Madrid

  • Foto del escritor: Bread and Butter
    Bread and Butter
  • 21 abr
  • 7 Min. de lectura

Actualizado: 28 abr

Sobre Bread and Butter Garage

En Bread and Butter Garage vendemos y alquilamos foodtrucks. Somos fabricantes oficiales de The Champions Burger y hemos participado en festivales de renombre en toda España, incluido Madrid. Sabemos de primera mano lo que exige la capital.


Bandera roja con siete estrellas blancas de cinco puntas dispuestas en dos filas. No hay texto visible. Fondo liso, sin otros elementos.

Índice

Montar un food truck en Madrid es uno de los proyectos más atractivos para cualquier emprendedor del sector gastronómico. La capital tiene una escena de street food consolidada, con eventos de referencia nacional y una demanda creciente. Pero también tiene una de las normativas más restrictivas de España en cuanto a venta ambulante.


Antes de comprar o alquilar tu foodtruck, necesitas entender exactamente qué te permite hacer la ley en Madrid, qué documentos necesitas y cómo puedes operar de forma completamente legal. En este artículo te lo explicamos todo, paso a paso.


1. ¿Qué es un food truck según la ley española?

En España, un food truck se considera legalmente comercio ambulante o no sedentario. Esto significa que la actividad se desarrolla fuera de un establecimiento fijo, de forma habitual, periódica o ocasional, en lugares y horarios autorizados por las autoridades locales.


La normativa estatal que regula esta actividad se articula principalmente en torno a:

  • Real Decreto 199/2010, que regula la ordenación del comercio minorista y la venta ambulante.

  • Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista.

  • Reglamento (CE) 852/2004 sobre higiene en la manipulación de alimentos.


Pero atención: en España no existe libertad de itinerario. No puedes aparcar tu foodtruck en cualquier calle y empezar a vender. Solo puedes operar en mercados fijos o periódicos, ferias y eventos autorizados, y zonas específicas habilitadas por el ayuntamiento correspondiente.


2. La normativa específica de Madrid: lo que debes saber antes de empezar


Este es el punto que más sorprende a quienes llegan desde otras comunidades: Madrid tiene una de las ordenanzas municipales más restrictivas de España en materia de venta ambulante de comida.


La Ordenanza de Venta Ambulante del Ayuntamiento de Madrid prohíbe la venta de comida elaborada desde vehículos itinerantes en vía pública. La actividad está limitada históricamente a productos tradicionales como churros, castañas o fritos. Aunque en 2014 se amplió para permitir productos elaborados y envasados, las modificaciones resultaron insuficientes para el sector, lo que llevó a asociaciones como Street Food Madrid a iniciar acciones legales para conseguir un marco más favorable.


¿Qué significa esto en la práctica?

Que en Madrid, la vía de acceso más habitual y legal para operar un foodtruck son los eventos gastronómicos y festivales de street food. El más representativo es MadrEAT, organizado por Mateo & Co., que reúne cada edición a más de 60 camiones y cerca de 50.000 visitantes. También existen iniciativas locales como el Callejeando Food Fest en Getafe, consolidado como referente del verano madrileño.


La clave en Madrid no es conseguir una ubicación fija en la calle, sino integrarte en el circuito de eventos y festivales privados, donde la organización gestiona los permisos colectivos.

3. Permisos del vehículo: homologación, ITV y certificados

Independientemente de dónde vayas a operar, tu vehículo debe cumplir con una serie de requisitos documentales y técnicos obligatorios.


3.1 Homologación como vehículo de venta ambulante

Tu foodtruck debe estar registrado y homologado bajo la categoría de "vehículo de venta ambulante". Esta homologación es válida en toda Europa y es imprescindible para poder operar legalmente como establecimiento móvil de restauración. Si el vehículo ha sido modificado para incorporar una cocina, es obligatorio pasar una homologación adicional ante la autoridad competente.


3.2 ITV al día

La frecuencia de las inspecciones técnicas varía según el peso y la antigüedad del vehículo:


Para vehículos hasta 3.500 kg:

  • Primera inspección: a los 4 años.

  • Entre 4 y 10 años: cada 2 años.

  • Más de 10 años: anualmente.


Para vehículos de más de 3.500 kg:

  • Primera inspección: al año.

  • Entre 1 y 10 años: anualmente.

  • Más de 10 años: cada 6 meses.


3.3 Ficha técnica

Documento oficial que detalla el peso, las dimensiones y las características mecánicas del vehículo. Obligatorio llevarlo siempre durante la operación.


3.4 Certificados de instalación eléctrica y de gas

Un técnico autorizado debe emitir los certificados que acrediten que las instalaciones eléctricas y de gas cumplen con la normativa vigente. En Bread and Butter Garage, todos nuestros foodtrucks salen del taller con estas certificaciones en regla.


3.5 Certificado sanitario

Acredita que el foodtruck cumple con las normas para la manipulación de alimentos. Lo emite la autoridad sanitaria de la comunidad autónoma correspondiente, en este caso la Comunidad de Madrid.


4. El carné de conducir que necesitas según tu tipo de foodtruck

El permiso que necesitas depende del tipo de vehículo y del peso total del conjunto.

Si tienes un foodtruck remolque (sin motor propio):

  • Carné B: para conjuntos de hasta 3.500 kg de MMA.

  • Carné B + autorización B96: para conjuntos de entre 3.500 y 4.250 kg de MMA.

  • Carné B+E: para conjuntos de más de 4.250 kg de MMA.


Si tienes un foodtruck circulante (con motor propio):

  • Carné B: para vehículos de hasta 3.500 kg.

  • Carné C: para vehículos de más de 3.500 kg.

  • Carné C+E: si además arrastras un remolque pesado.


En algunos municipios de la Comunidad de Madrid también puede exigirse un carné profesional de comercio ambulante. Aunque no es obligatorio en toda España, conviene verificarlo con el ayuntamiento correspondiente.



5. Licencias para operar: dónde puedes vender en Madrid

Dependiendo del espacio donde quieras instalar tu foodtruck, los permisos necesarios cambian.


En vía pública: Debes solicitar permiso en el ayuntamiento correspondiente. En el caso del municipio de Madrid, recuerda que la normativa es muy restrictiva para la venta de comida elaborada en la calle. Es posible que se te exija pagar tasas municipales o presentar un proyecto detallado de la actividad.


En zonas privadas (centros comerciales, aparcamientos, eventos corporativos): Necesitas autorización del propietario del espacio y, en algunos casos, también un permiso municipal adicional.


En festivales y eventos: La organización suele gestionar los permisos colectivos. Antes de confirmar tu participación, verifica que el evento cuenta con todos los permisos necesarios para que puedas operar con total seguridad legal.


En mercados periódicos y ferias: Debes inscribirte y solicitar tu puesto según las bases de cada convocatoria municipal o autonómica.


6. Requisitos sanitarios y manipulación de alimentos

Para operar un foodtruck en la Comunidad de Madrid, debes cumplir con los siguientes requisitos técnicos y sanitarios:

  • Carné de manipulador de alimentos vigente para todos los trabajadores. En algunos casos también se exige formación específica en gestión de alérgenos.

  • Sistema de extracción de humos y olores homologado.

  • Depósitos separados para agua potable y aguas residuales.

  • Materiales ignífugos, resistentes y fáciles de limpiar en el interior del vehículo.

  • Refrigeración adecuada para garantizar la cadena de frío en todo momento.

  • Plan de control de plagas actualizado.

  • Lista de precios visible al público y libro de reclamaciones a disposición de los clientes.


Además, debes tener a disposición de la autoridad competente las facturas y comprobantes de compra de todos los productos que comercialices.


7. Alta como autónomo e impuestos

Antes de empezar a vender, debes regularizar tu situación fiscal y laboral. Los pasos obligatorios son:

  • Alta como autónomo en la Seguridad Social.

  • Registro de tu actividad en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas). El epígrafe más habitual para un foodtruck es el de Comercio al por menor ambulante.

  • Declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303).

  • IRPF mediante el modelo 130, o mediante retenciones si trabajas con facturas a empresas.

  • Tasas municipales por ocupación de espacio público, cuando aplique.

  • Impuesto de circulación del vehículo.

Consejo: si es tu primer negocio, consulta con un gestor especializado en hostelería o en comercio ambulante. Las deducciones fiscales disponibles en el arranque de la actividad pueden marcar una diferencia importante en tus primeros meses.

Para más información sobre fiscalidad, puedes consultar la web de la Agencia Tributaria y el Ayuntamiento de Madrid.


8. Seguros obligatorios

Dos seguros son imprescindibles para operar legalmente:

  • Seguro de Responsabilidad Civil (RC): cubre los daños a terceros que puedan derivarse de la actividad de tu foodtruck. Es obligatorio y debe estar en vigor en todo momento.

  • Seguro general del vehículo (no de circulación): protege frente a robo, incendio o desperfectos del propio foodtruck.


9. Consejos para operar con éxito en la capital

Madrid es una plaza exigente, pero también muy rentable para quien sabe moverse bien en ella. Estos son los consejos que damos a todos los emprendedores que quieren arrancar en la capital:


  • Infórmate de las ordenanzas locales antes de comprar o alquilar tu foodtruck. La normativa varía entre el municipio de Madrid y los municipios del área metropolitana (Getafe, Alcalá, Leganés...). Lo que está permitido en uno puede no estarlo en otro.

  • Entra en el circuito de eventos y festivales. MadrEAT y otros eventos similares son la puerta de entrada más sólida para darte a conocer en la capital.

  • Si compras un foodtruck de segunda mano, verifica el estado del motor, los frenos, la instalación eléctrica, el gas y el sistema de agua. Un vehículo con problemas técnicos puede detenerte justo cuando más lo necesitas.

  • Elige siempre equipamiento profesional homologado. No solo es un requisito legal: también es lo que garantiza que tu negocio pueda operar a pleno rendimiento en los momentos de máxima demanda.


¿Quieres comprar o alquilar un foodtruck listo para operar en Madrid?

En Bread and Butter Garage te entregamos el vehículo revisado, homologado y con todos los certificados en regla. Te acompañamos también en el proceso de permisos y licencias para que puedas empezar a vender cuanto antes.


Si estás pensando en comprar un foodtruck para tu negocio en Madrid, o en alquilar un foodtruck para un evento o festival en la capital, pásate por nuestro taller en Rafelbunyol (Valencia) o escríbenos a través de nuestro formulario de contacto (enlaza a tu página de contacto). Cuéntanos tu proyecto y te asesoramos sin compromiso.


Fuentes y enlaces de interés

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